Los sistemas nacionales de adquisiciones que han sido validados para su uso en los proyectos financiados por el BID son los siguientes: (descargar cuadros) 

El Uso Avanzado de sistemas nacionales de adquisiciones hace referencia a la validación completa por parte del BID del sistemas de compras Públicas del país, que cumplen con las buenas prácticas internacionales, para su uso por debajo de los umbrales para Licitación Pública Internacional tal y como se especifica en la Guia de Aprobación de Sistemas Nacionales.

El Uso Parcial de sistemas nacionales y/o sub-nacionales de adquisiciones hace referencia a la validación por parte del BID de algunos subsistemas de compras que cumplen con las buenas prácticas internacionales, para su uso en proyectos por debajo de los umbrales para Licitación Pública Internacional tal y como se especifica en la Guia de Aprobación de Sistemas Nacionales.

*Se indicarán en el Plan de Adquisiciones y seguirán los procedimientos nacionales incluyendo los lineamientos del país en materia de remuneración de consultores del sector público. En casos excepcionales el Banco podrá autorizar la utilización de sus Políticas para casos especiales o de complejidad técnica.

La validación de los sistemas nacionales de compras públicas para su uso en los proyectos que financia el BID se define en los siguientes documentos: Estrategia para el fortalecimiento y uso de sistemas nacionales Guía de aprobación de sistemas nacionales

Define los procedimientos aplicables para las adquisiciones de bienes, obras y servicios diferentes a consultoría para operaciones de préstamo y asistencia técnica. Las operaciones se rigen por la versión de la política vigente en el momento de su aprobación.

GN-2349-15 vigentes a partir de enero 2020

GN-2349-9 para operaciones aprobadas con posterioridad a marzo 2011

GN-2349-7 para operaciones aprobadas después de julio de 2006 y antes de marzo de 2011

GN-2349-6 para operaciones aprobadas después de febrero y antes de julio de 2006

GN-2349-4 para operaciones aprobadas después de enero de 2005 y antes de febrero de 2006

GP-118-23 para operaciones aprobadas desde 1995 y antes de enero de 2005"

Define los procedimientos aplicables para la contratación de servicios de consultoría en operaciones de préstamo y asistencia técnica. Las operaciones se rigen por la versión de la política vigente en el momento de su aprobación.

GN-2350-15 vigentes a partir de enero 2020

GN-2350-9 para las operaciones aprobadas con posterioridad a marzo de 2011

GN-2350-7 para operaciones aprobadas después de julio de 2006 y antes de marzo de 2011

GN-2350-6 para operaciones aprobadas después de febrero y antes de julio de 2006

GN-2350-4 para operaciones aprobadas después de enero de 2005 y antes de febrero de 2006

GN-2220-10 para operaciones aprobadas desde febrero de 2004 y antes de enero de 2005

Esta directriz técnica establece los lineamientos que todo Organismo Ejecutor (OE) debe observar para dar tratamiento a las protestas que se presenten en procesos de adquisiciones realizados bajo las Políticas para la Adquisición de Bienes y Obras y las Políticas para la Selección y Contratación de Consultores financiados por el BID.  

La presente directriz no afecta los derechos de los oferentes de interponer acciones legales conforme lo dispuesto en la legislación nacional. 

Directriz técnica de protestas

El marco de gestión financiera del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) para todas las operaciones financiadas por el BID tiene como objetivo garantizar "que los ingresos de cualquier préstamo realizado, garantizado o participado por el Banco se utilicen únicamente para los fines para los que se otorgó el préstamo, con la debida atención a consideraciones de economía y eficiencia", como se indica en el acuerdo de establecimiento del BID

OP-273-12 Guía de Gestión Financiera para proyectos financiados por el BID

Guía de Desembolsos

Instructivo de informes Financieros y Gestión de auditoria Externa

Auditores Elegibles para el Banco